miércoles, 5 de marzo de 2008

¿Derechos de los católicos?

Otra confusión habitual con respecto al cristianismo y la vida pública es el ejercicio de nuestros derechos. Por supuesto que todo hombre -cualquiera que sea su Fe- puede reclamar sus derechos: ¡por eso son derechos!

Pero cuando un católico se adentra en la vida pública, o un particular participa en la vida social, lo hace -como ya hemos dicho- por vocación de servicio al bien común y a los demás. Entonces, por su propio peso se desprende que ya no podrá ejercer todos sus derechos, sino que cederá algunos para beneficio de los demás; y asumirá obligaciones que no le son en sí mismas exigibles, pero que facilitan su labor. En esto consiste nuestro un auténtico servicio público basado en la caridad.

Porque, si los católicos nos rigiésemos por el mismo código de derechos y obligaciones que los demás, ¿en qué nos distinguiríamos? ¿Acaso es éste el espíritu de las bienaventuranzas o el sermón de la montaña? Y mucho menos: ¿podemos usar el nombre de católicos para exigir derechos o rechazar obligaciones?


Por supuesto, esto es tan aplicable al católico particular como a la Iglesia como institución.

Civilmente tenemos los mismos derechos y obligaciones que los demás; pero nuestra Fe nos impone muchas más obligaciones sociales y nos restringe alguno de nuestros derechos.

Esta es la vocación del cristiano.

No hay comentarios:

Publicar un comentario